Sobre la suspensión de los contratos
"....los
trabajadores con contrato de duración determinada no pueden, sin que
exista justificación objetiva alguna, ser tratados de manera menos
favorable que los trabajadores fijos que se encuentran en una situación
comparable (véanse, en
este sentido, las sentencias, antes citadas,
Del Cerro Alonso [ TJCE 2007, 229] , apartados 42 y 47, e Impact [ TJCE
2008, 82] , apartado 126)."....
Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Sala 2ª) de 22/12/ 2010 - ( Ref. JUR\2010\410051)
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